Adobe ha incluido en sus condiciones una advertencia de copyright (artículo 5), que autoriza a ver, copiar e imprimir las fotos de cualquier usuario siempre que sea para uso personal y no se modifiquen o redistribuyan. Afortunadamente incluye la coletilla "salvo que se indique lo contrario en condiciones adicionales", que permitirá a cada usuario revocar esta autorización si quiere conservar todos los derechos sobre sus imágenes respecto a otros usuarios del servicio. Sin embargo, no me parece correcto que por defecto se quite la protección de derechos que toda imagen tiene desde el momento de tomarse, dejando en manos de cada autor el volver a darle esa protección, porque recordemos que toda fotografía nace con copyright y sólo el fotógrafo que la ha tomado tiene todos los derechos sobre ella, salvo que renuncie expresamente a ellos.
Pero más grave es cuando llegamos al artículo 8, y nos encontramos con que Adobe se apropia de prácticamente todos los derechos sobre el contenido que coloquemos en la zona pública. Concretamente habla de un derecho mundial, libre de cargas, no exclusivo (menos mal), perpetuo, irrevocable, y completamente sublicenciable, para usar, distribuir, obtener ingresos, reproducir, modificar, adaptar, publicar y en definitiva hacer lo que les parezca con cualquier foto que esté en la zona pública del usuario.
Podemos entenderlo como una remuneración en especie a cambio del uso de un software que es gratuito, pero en ese caso ¿no debería estar bien visible al registrarse? Pues no, hay que leer las condiciones, y pinchar en un segundo enlace para leer las condiciones completas, y al llegar al octavo artículo, llama la atención el título "Uso de tu contenido".
Y no sólo Adobe se auto-otorga derechos de uso sobre nuestras imágenes, además puede comerciar con ellas y venderlas o modificarlas a su antojo sin contar con el autor y sin ninguna limitación.
¿Que supone esto? Pues imaginemos el uso más simple y sin ninguna pretensión artística. Es el cumpleaños de tu hijo y haces unas fotos de su fiesta en la que se reúne con sus amigos. Subes las fotos, les quitas los ojos rojos de los flashazos y las cuelgas en la zona pública para que los papas de sus amigos las puedan ver... Pero entonces no te extrañes si después te encuentras la foto de alguno de los niños formando parte de, por ejemplo, un anuncio en una revista. Adobe puede haberla cogido, recortado, colocado al niño en otro entorno y vendido a una agencia de publicidad. ¿Y si su padre no está de acuerdo? La imagen de los menores, al menos en España, está especialmente protegida y los padres estarían en su perfecto derecho poner una denuncia. Pero ¿a quien, a Adobe o al autor de la foto que es quien ha cedido los derechos de uso, probablemente sin saberlo?
Quizás te parezca que es una exageración, pero lo cierto es que es un supuesto inspirado en un caso real que se ha dado con una foto publicada en Flickr, a pesar de que tenía todos los derechos reservados. Si además empezamos por ceder los derechos...
Puede que sea un poco prematuro sacar conclusiones al no haberse presentado el servicio en España. Esperamos que para cuando esto ocurra se haya revisado esa clausula para otorgar mayor seguridad, como mínimo al uso de fotos en las que aparezcan personas, pues según la legistación española (desconozco la americana) el derecho a la propia imagen exige la autorización expresa.















Derechos de autor
Hola, soy fotógrafo y me preocupa mucho este tipo de "clausulas" persentes en la mayorÃa de las páginas de divulgación de Fotografias. No es la primera vez que hablo de esto y, en algunos casos me he encontrado con la censura.
Hace algún tiempo, denuncié en mi propia cuenta de "fotolog.com" la existéncia de una clausula (en condiciones de uso) mediante la cual, todas las fotografÃas subidas a Fotolog.com eran cedidas a la misma corporación Fotolog. Mediante esta cláusula y complementada con algunas más, el autor de la fotografÃa cedÃa todos los derechos de las fotografÃas allà expuestas a cambio del uso de sus servicios. Hay más páginas similares que contienen las mismas condiciones: Flickr, Esflog.
Estas páginas acaban convirtiendose en simples "bancos de imagenes" para las empresas interesadas.
Con tu permiso, voy a tomar algunas de las ideas aquà expuestas para escribir un articulo en mi Blog (en ningún caso lo copiaré ni completamente ni en parte). Además de nombrar el caso que tu expones, voy a indagar en más casos existentes. Pondré un enlace a este articulo para que los interesado amplien sus conocimientos sobre el tema.
Si tienes alguna objeción, cualquier cosa. Enviame un Mail y corregiré lo oportuno.
Gracias
Hace tiempo que leà las de
Hace tiempo que leà las de Flickr, pero jurarÃa que ni de lejos se otorgan tantos derechos como Adobe.
Es razonable que haya una clausula en la que se otorgen ciertos derechos, pues es necesario para poder mostrar las fotos que subas sin correr riesgos de denuncias. También es habitual que haya una clausula en que se autorice a usar las fotos con fines de promoción del servicio y similares. Pero normalmente no pasa de eso.
Haciendo el uso que comentas no hay ningún inconveniente, eres libre de inspirarte en los textos que quieras para escribir los tuyos. Eso si, no podré escribirte un mail porque no lo has dejado, ni tampoco la dirección de tu blog. Hazlo, porque me gustarÃa leer el resultado de tus indagaciones.
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Lo importante no es escuchar lo que se dice, sino averiguar lo que se piensa.
Donoso Cortes (1809 - 1853). Escritor y polÃtico español
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